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  • Consulta : 286690
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 400390

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Todas las personas físicas y morales estamos obligados a presentar nuestra declaración anual, salvo algunas excepciones como asalariados con una sola fuente de ingresos. Pero Usted no aclara su régimen tributario. Ahora bien, para poder presentar la declaración anual en abril de 2020 Usted debió presentar sus declaraciones parciales durante todo el año anterior. Claro que en 2020 se presenta la declaración de 2019 y así sucesivamente, por lo que Usted para poder obtener devolución de ISR o saldo a favor debe presentar todas sus declaraciones para lo cual requiere de un despacho de contadores para que lo presenten.