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- Autor : DECA Lic. A. Vázquez
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AutorRespuesta No: 400143
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Septiembre de 2019 14:05 2019-09-26 14:05 desde IP: 201.144.202.177
Saludos. No. Articulo 14 de la CPEUM A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Buen día. Atentamente
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