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  • Consulta : 286158
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 400036

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    que pierda los derechos hereditarios...... de que lo puedes pedir... claro... que se conceda... claro que no... tu la reconociste... del momento del acto de reconocimiento... tuviste seis meses para invalidar ese acto jurídico... lo que puedes hacer.. . ... es testar a favor de otra persona... y no dejarle nada... yo con mis cosas hago lo que yo quiero... y no estoy obligado a dejarle nada de lo mio a un hijo... se le llame como se le llame...