- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 285661
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 399605
-
Fecha de respuesta: Jueves 14 de Marzo de 2019 00:56 2019-03-14 00:56 desde IP: 189.180.213.116
hay una reserva de dominio... esto es... no puedes... vender...ceder... donar... permutar.... y tampoco rentar....sin el permiso de quien vende... podrás una vez que hayas cubierto la obligación que dio origen a la reserva de dominio... esta clausula esta en todos los contrato de hipoteca... que lo hagas por tus calzones... ese es otro asunto... pero... conforme la ley... no.... no puedes...
-
Autor





