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Fecha de respuesta: Sábado 16 de Febrero de 2019 03:25 2019-02-16 03:25 desde IP: 201.152.58.113
La ampliación de embargo procede una vez que lo embargado con anterioridad no alcanzo a cubrir el adeudo a que fue condenado el demando; como no existen bienes señalados para embargo estos pueden embargarse en la ejecución de sentencia, presente su planilla de liquidación para dichos efectos.
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