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  • Consulta : 285627
  • Autor : AdvocatusRectus
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    Respuesta No: 399457

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Como bien le orienta el Dr. Garovalo, Usted no puede promover nada en contra del incidente, ya no es parte en el Juicio, y la obligación del deudor alimentario ha terminado, lo anterior debido que su hijo ya es mayor de edad, tiene 25 años, ya termino su carrera y trabaja.