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  • Consulta : 285477
  • Autor : Lic. Manuel Vega
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  • Autor
    Respuesta No: 399315

  • Lic. Manuel Vega
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Según la redacción de su contrato, el plazo se cuenta " a partir de la fecha de firma", es decir, incluye el día inicial; así, si firmó por ejemplo el 5 de enero entonces el 5 de enero es el día (1), el seis de enero es el día (2) y así sucesivamente. Suerte