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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Noviembre de 2018 03:33 2018-11-17 03:33 desde IP: 201.152.19.242
Por deudas de esa índole no puede ir a la cárcel, pero si pueden embargarle bienes suficientes que garanticen ese adeudo; el haber firmado un pagare bajo el influjo de alguna bebida embriagante no es justificante para decir que no debe dicha cantidad, en relación al segundo pagare debió llevar bien su cuenta para cerciorarse de haber liquidado el adeudo y solicitar la devolución del pagare suscrito por Usted (si este fue el caso, debido que personas, ante la falta de asesoría profesional suscriben pagares que les van devolviendo conforme van liquidado), en muchas ocaciones las consecuencias de estos problemas son el exceso de confianza. Saludos.
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