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  • Consulta : 285023
  • Autor : JorgeParra
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  • Autor
    Respuesta No: 398869

  • JorgeParra
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Así es. Para que puedan llegar a embargarlo, antes deberán emplazarlo en su domicilio para informarle del inicio de un proceso en su contra. La única forma en la que lo podrían embargar sin una sentencia de por medio, sería mediante un embargo precautorio, que únicamente sería para que el acreedor (a quien usted le debe) tenga la seguridad de que usted no va a deshacerse de sus bienes para evitar ser embargado en caso de un embargo definitivo. Todo esto quiere decir que, mientras no sea usted notificado personalemente (no vía telefónica), y posteriormente vencido en un juicio, no perderá la propiedad definitiva de sus bienes.