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  • Consulta : 283948
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 397567

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bueno, siempre se promueve una demanda en la vía familiar se solicta a parte de las prestaciones, que el juez decrete la guarda y custodia provisional del o los menores y en su momento la definitiva. El juez al dar entrada a la demanda tendrá que pronunciarse acordando la guarda y custodia provisional del hijo o hija a la madre. Con estas copias certificadas la madre se podrá trasladar con su hijo a cualquier parte sin responsabilidad, debiendo notificar al juzgado los motivos de su traslado y señalando que su padre la va a apoyar economicamente