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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Marzo de 2018 20:16 2018-03-16 20:16 desde IP: 189.141.6.120
Los pagarés están a nombre de la persona moral y no están incluidos en las clausulas del contrato de compra venta............................tu eres la persona moral?... en forma indebida retuviste esos pagares?... tu obligación es escriturar en base al contrato... y en este debe decir la forma de pago... debes hacer saber por medio d juez... la obligación de cumplimiento... de la deuda... y el deudor... debera señalar la forma en que ha pagado y defender con recibos el mismo.... si no los hay... hay deuda... este tipo de juicios es rapidisimo... uno o dos años... mientras seguira en curso la transformacion del impuesto sobre la renta y otras del notario... y si es un delito... pretender cobrar documentos de aparejada ejecución... nominado... pero no relacionados con el contrato... ya que los pagares NUNCA SON INDEPENDIENTES DE NADA... tienen un origen... y sobre ese es la razón de deuda...
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