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AutorRespuesta No: 397466
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Marzo de 2018 23:17 2018-03-15 23:17 desde IP: 189.217.121.166
Yo no soy penalista. Sin embargo por situaciones de la vida, fui asesor del Subsecretario de Gobierno del D.F., y por lo tanto sé y me consta que hay una diferencia importante entre procesados y sentenciados, y que una vez que recibe sentencia firme los procesados pasan a ser sentenciados y por consecuencia el Poder Judicial los delega el Poder Ejecutivo. En consecuencia las preliberaciones las conoce el Secretario de Gobierno y no un Juez. Es decir que su petición debe dirigirlas al titular del ejecutivo y no del judicial.
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