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AutorRespuesta No: 396311
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Octubre de 2017 21:26 2017-10-11 21:26 desde IP: 189.141.5.113
los contratos no se cancelan entre las partes... y no quedan sin objeto con solo decirlo... esto debe hacerse ante un juez... y segun el monto... ante un juez de primera instancia.... o un juez menor.... lo que importa es... si se cobraron las rentas o siguen en cuenta... pero va a llegar el momento en el que el banco... si no se mueve el dinero... debe dar vista a hacienda... y esta se comera el dinero...
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