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  • Consulta : 283149
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 395789

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    abrabel250217:

    Su consulta está plena de informes tan confusos que resulta incontestable, tan es así que menciona “predio” como sinónimo de terreno, y usa la palabra “inmueble” aplicándola al terreno cuando según nuestras leyes también sirve para designar una casa y la combinación de casa y terreno sobre el que se encuentra construida.

    En efecto, de conformidad con el contenido de su consulta, se debe entender que el edificio construido fue dejado a un heredero mientras que el terreno fue dejado a otros herederos.

    Dentro de este orden de ideas, es necesario hacerle notar que una construcción es imposible de dividir entre los herederos, porque inadmite cómoda división, y que por otra parte, las legislaciones en materia de construcciones establecen una medida de tamaño mínimo de metros cuadrados (superficie) para que se pueda lotificar un terreno, de tal manera que es previsible que el inmueble sea imposible de dividir, por lo que solamente queda la opción de venderlo, pero claro está, respetando el derecho del tanto.