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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Julio de 2017 17:19 2017-07-16 17:19 desde IP: 189.180.227.165
CUANDO es un medico particular.... debe acudir ante el juez....para demostrar que es medico,,, con cedula profesional y permiso de SSA para ejrcer.... con domicilio cierto y sobre que especialidad da consulta.... un certificado medico,,,, es por 3 a 5 dias... y debe ser prsentado cuando mas tarde 3 dias antes de la fecha de audiencia... a quien le interesa impugnar.... a ti..o ofendido... a tu abogado como coadyuvante del rpresentante social o fiscal de justicia... y a este ultimo.... pero lo debes peedir tu... a ellos... ya que nada se hace de mutuo propio... o es hecho por ley... el proceso tiene muchas cosas que se hacen fuera del texto de la ley... ..........................por cuanto a que si se puede llevar la audiencia... si... claro que se puede llevar... si pides que se separen los im...pu...tados... y sean procesados por separado para no perder tiempo.... tu abogado sabe que hacer... dejalo trabajar....
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