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  • Consulta : 282914
  • Autor : Magister Curiae
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    Respuesta No: 395077

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    antoniorm:

    A cualquiera de los dos, y deben solicitar que el médico acuda a la audiencia para exhibir su cédula profesional y para que ratifique el contenido y firma de los certificados. ¿¡¿Qué tal que resulte que ni siquiera existe ese médico ó que le robaron una receta y falsificaron su firma para hacer el certificado?!?.

    Y si se trata de un médico de alguna Institución de salud, es pertinente destacar que los médicos solamente pueden dar certificados por hasta tres días, sus jefes o coordinadores de áea hasta por una semana, y solamente los directores de clínica o de hospital pueden dar por más tiempo, hasta un mes o mes y medio.

    Agrego que en la policía del Distrito Federal, para justificantes de faltas, la Contraloría Interna, el Consejo de Honor y Justicia y la Dirección de Asuntos Policiales (Asuntos Internos) antes de resolver giran oficio al I.S.S.S.T.E. para verificar si en los registros de entrada de la clínica y en los expedientes de los interesados hay constancia de que hayan acudido a consulta, todo ello porque ha sido frecuente que algún empleado de limpieza se haya robado un block de recetas que luego vende a los policías para que hagan certificados de licencias médicas.