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  • Consulta : 282827
  • Autor : garovalo
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  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    nos desistimos del embargo de un bien,.... no basta el desitimiento del bien.... ese desistimiento descansa en la cancelación del gravamen... en tanto.... el juez ... no puede facultar se realice otro embargo... ya que hay una garantía pendiente de entregar... tu abogado te explica...