Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 282826
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 394926

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si ya se rompieron los contratos... si ya entregaron las llaves... y si ya se entregó la propiedad... no hay deuda... es de "bigote".... de forma moral.... el reconocimiento del adeudo.... ningún abogado la puede ayudar... a la arrendadora...