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  • Consulta : 281510
  • Autor : PeregrinaSalazar
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  • Autor
    Respuesta No: 392080

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    Si fallece puedes vender tus derechos de copropiedad, pero el otro 50% son para tus hijos y debes tramitar un juicio sucesorio para que el Juez se los adjudique.

    Ahora, como me imagino que son menores tus hijos, al recibir en herencia un inmueble, aunque seas su madre y representante legal de tus menores, no puedes vender el inmueble si no consigues autorización del Juez Familiar que determine la necesidad de vender y que es en beneficio de tus hijos.

    Por lo que deberías tomar el consejo del licenciado Garovalo, que el señor te otorgue un poder y que con el realices el tramite para la venta o simplemente que los dos vendan.

    No es necesario que al vender se formalice en escritura la casa, el problema será para el comprador más adelante cuando quiera darle forma porque si fallece tu ex, no podrá hacerlo si no se apertura la sucesión y se le nombra albacea.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”