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Fecha de respuesta: Martes 18 de Octubre de 2016 19:58 2016-10-18 19:58 desde IP: 189.180.245.18
no joven ochoa... cualquiera puede vender....que no tenga las facultades para otorgar la escritura ...ese es otro boleto... la venta es perfecta... porque exista la cosa y porque tenga precio... aunque una no se entregue y la otra tampoco... esta en tu codigo civil... no habla de la facultad... y los contratos... estan sujetos a formato especial cuando son sobre bienes inmuebles... 1833 del codigo civil del d.f. ... no todo es fiscal... hay materias de verdad...
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