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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Septiembre de 2016 23:33 2016-09-30 23:33 desde IP: 201.141.165.53
Hola mi estimado Rosen, respecto de tu duda, el diccionario de la RAE, menciona como definición de "IMPUGNACIÓN" 1.- Contradecir, combatir, refutar. 2.- Interponer recurso contra una resolución judicial. a mi juicio tiene cierta lógica la tesis pues en efecto, no se pone fin al juicio como tal sino como bien se refiere solo no se aprueba el proyecto de partición aunque si el proyecto que se "impugna" en amparo no de cualquier manera no cumple los lineamientos tendrá el mismo destino que el acuerdo de niega. Saludos.
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