Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 281099
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 391129

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sólo un Juez puede ordenar el exequendo (embargo), y para ello primero debe ser requerido del pago y emplazado por medio de un ejecutor del Juzgado. Nunca por teléfono. Por otra parte, los insultos ya están sancionados por la Condusef, acuda para presentar una queja señalando la forma indebida en la que le están requiriendo de un adeudo.