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AutorRespuesta No: 391108
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2016 17:12 2016-09-28 17:12 desde IP: 201.141.175.245
Hola consultante, de ninguna manera está en riego su propiedad puesto que la calidad jurídica bajo la cual ocupa una persona su propiedad en este momento es mediante arrendamiento figura que jamás le permitirá prescribir a su favor un derecho, a los únicos derechos que tendría ésta persona es a que se le prefiera como comprador en el caso que usted quiera vender y a que tenga preferencia en seguirle rentando siempre que este sujeto se mantenga al corriente en sus pagos de renta. Es importante que domo adición a ésta respuesta que SIEMPRE tenga un contrato de arrendamiento celebrado con la otra persona por seguridad suya ya que dicho contrato es imable a usted y desde luego en su perjuicio. Saludos.
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