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Fecha de respuesta: Sábado 01 de Octubre de 2016 17:19 2016-10-01 17:19 desde IP: 189.180.164.1
derecho romano...?.... no digas de lo que no sabes... esto es simple derecho constitucional... esta pidiendo el consultante... una consulta apegada a derecho... y desde luego que no puede hacer nada contrario a la ley... debe señirse al contenido del contrato social...
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