- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 281073
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 391135
-
Fecha de respuesta: Viernes 30 de Septiembre de 2016 15:14 2016-09-30 15:14 desde IP: 189.180.164.1
Que acción puedo ejercer sin acudir ala autoridad... ninguna... debes acudir ante el municipio a solicitar que venga a podar o hasta quitar el arbol... si esta causando daños a tu construcción... pagar esos gastos y luego reclmarlo en la via civil... ante un juez... pero no puedes hacer nada sin acudir ante la autoridad... el artpiculo 17 de la constitución dice que.... no haras AUTOCOMPOSICION... nadie puede hacerse justicia por su propia mano...
-
Autor





