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  • Consulta : 280914
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 390834

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    lalomyranda:

    Lic. Alberto Ochoa:

    Es evidente que el Lic. Alberto Ochoa (cordiales saludos) desconoce que, de conformidad con la Ley de Energía Eléctrica, los propietarios de los inmuebles son solidariamente responsables por los adeudos de los inquilinos, lo que incide en que, sin importar que un abogado redacte el contrato de arrendamiento, al final de cuentas el dueño de la casa será responsable del pago a la CFE.

    Así pues, en las apuntadas condiciones, lo único que puede salvar al arrendador, es que a la firma del contrato de arrendamiento se sume la garantía del pago por una compañía afianzadora, y que la fianza se esté renovando al mismo tiempo que se renueva el arrendamiento.