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  • Consulta : 280764
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 390605

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu clausula trece del contrato con infonavit... te dice que no puedes... vender... ceder... donar... permutar ....rentar... el inmueble... porque no es tuyo... es del instituto hasta que tu termines legalmente y dentro del termino ...de pagarlo... la obligación es tuya... dependiendo de la forma en la que pactaron la obligación en el contrato... dependera la rescisión y entrega del inmueble... pero... si esto tiene mas de UN AÑO... y dices que tiene 12... nada se puede hacer... y seguiras pagando... como obligación... y obvio... por ninguna razón... puedes cancelar el contrato... con infonavit... ya que tu contrato privado... es ilegal... me diras... todos lo hacen... eso no lo legaliza...