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AutorRespuesta No: 390514
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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Agosto de 2016 21:04 2016-08-19 21:04 desde IP: 189.180.214.37
si es tu hijo... y lo tienes reconocido... tienes que dar pensión... si lo haces fuera del matrimonio y no esta reconocido... púedes darle el 10% de tu entrada... pero ... si te reclaman el reconocimiento de la paternidad... tendras que dar mas del 20%....y el reconocimiento... ya sabe tu verdadera familia en lo que estas?
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