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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Julio de 2016 11:41 2016-07-25 11:41 desde IP: 189.180.234.31
rendición de cuentas?.... weno... los jubilados no dan pensión de alimentos sobre su pensión jubilatoria... si hay bienes... casas... y estan casados por sociedad conyugal... se puede hacer la liquidación de esta... una vez celebrado el divorcio... y corresponderia... 50% para cada quien... no importando quien hizo mas gastos que el otro... se puede convenir que que queden con la mitad de esos bienes o... venderlos y entregar el 50% a cada uno de los bienes en liquidación... pero rendición de cuentas?.... claro que no... ya no viven juntos... quien se separa... pierde el derecho de reclamar ese punto juridico... ahora... los mayores de 65 años... tendran que ser cuidados juridicamente por el ministerio publico... y si demuestran senilidad... pueden ser sujetos a juicio de interdicto... TU ABOGADO... ESPECIALISTA EN DERECHO FAMILIAR... sabe que hacer...
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