- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 280421
- Autor : PeregrinaSalazar
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 233
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 389843
-
Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Julio de 2016 23:49 2016-07-13 23:49 desde IP: 201.141.193.1
Buenas noches.
Hay reglas para que opere la conexidad y entre ellas se encuentra que se trate de la misma instancia
Artículo 40.- No procede la excepción de conexidad: I. Cuando los pleitos están en diversas instancias;
Esto quiere decir, que son dos tipo de juzgados diferentes y además, el juicio de perdida de patria potestad en cierta forma es más complejo y delicado que el de guarda y custodia, al que se le conoce como juicio sumario porque tiene una regulación especial.
Si no puedes emplazar directamente en el domicilio, se puede hacer por edictos, una vez que se haya agotado la búsqueda de domicilios del señor.
“Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”
-
Autor





