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  • Consulta : 280407
  • Autor : MORALES Y CIA
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  • Autor
    Respuesta No: 389809

  • MORALES Y CIA
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    (Resumen de Actividades)

    Consultante habrá que leer y entender correctamente las cláusulas de su contrato parsaber perfectamente a que se obligó en el mismo. Ahora bien, como su contrato aún está vigente esta obligado a notificarle a sus inquilinos su deseo de vender su propiedad para que en caso de que estén interesados en comprarla tengan preferencia para comprarla en relación a un tercero o le e presente su deseo de o adquirir la propiedad. Como ya le indicaron antes de que se llegue el vencimiento de su contrato debe notificarles por escrito su deseo de dar por terminado su contrato, así como su intención de no celebrar otro contrato con sus inquilinos, para que le dejen desocupada la localidad arrendada voluntariamente. Si sus inquilinos no desocupar entoces los puede demandar hasta ese momento civilmente a efecto de obtener el pago de las pensiones rentisticas que le adeudan más accesorios legales, así como la desocupación de la localidad arrendada. Saludos.