Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 280361
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 389717

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    presentar una denuncia por fraude... el fraude es un acto de sorpresa... y si el deudor firmo un documento... para obtener un lucro... sabiendo desde antes que no tenia bienes para garantizar el pago... y que no pagaria al ser requerido y no hacer el pago en la ejecución... es fraude... y esta tipificado en el codigo penal... es un fraude especifico... deja de ser un acto civil/mercantil... para convertirse en un acto penal... es correcto lo que dijo tu abogado... el artículo 17 del pacto federal señala un acto... no una casuistica... y el codigo penal...un acto concreto controvertido... no casuista...