- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 280334
- Autor : Magister Curiae
- Consultas en Foro: 11
- Respuestas en Foro: 1120
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 389703
-
Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Julio de 2016 19:48 2016-07-06 19:48 desde IP: 187.199.69.199
garovalo
Agradezco su aportación mediante la cual me concede que tengo la razón.
En efecto, y por si usted fue solamente un copión que omitió leer lo que leyó, hago patente que en el estudio del C. Lic. FAUSTO LUNA (CONSULTA.- 26380) que usted transcribe, dicho forista escribió lo que yo también he sustentado afirmando que usted se equivocó, y que consiste en que quien realiza un reconocimiento de hijo, carece de derecho para revocar ese reconocimiento.
Gracias por citar estudios que apoyan mi opinión y contradicen la de usted.
-
Autor





