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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Julio de 2016 15:24 2016-07-01 15:24 desde IP: 189.180.172.246
efectivamente... hasta no terminar el juicio ... no pueden hacer venta del inmueble adjudicado... el cual pueden vender... y consignar la fracción que le corresponda... con uno de ustedes que quiera vender... es suficiente... y claro es que no se puede iniciar un juicio reivindicaroio de inmueble de lo que no es de ustedes... y menos contra uno de los herederos... vender... por fuera e inscribir la venta... sobre los derechos hereditarios que por hecho y por derecho corresponden... si lo pueden hacer... si TODOS estan de acuerdo... por eso les dice su abogado que deben esperr a terminar el juicio... esta en lo correcto...
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