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  • Consulta : 280257
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 389469

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mira la retención del Isr la realiza el notario al vendedor y es como su nombre lo indica un impuesto por la venta del inmueble. Que el Isr es suceptible de exentar su pago si es casa habitación y es ocupada por el vendedor (se tendrán que exibir recibos de luz, agua, telefono, cable etc, unos tres por año), tendrás que acudir a la notaria de tu elección a preguntar si reunes los requisitos para exentar ese pago. Por otra parte te comento que si no es posible exentar el pago del isr, que tu estas obligado a pagar por la enagenación del bien, el comprador si así lo quiere, te entrega el dinero en efectivo y tu lo pagas con tu nombre en la notaria.