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  • Consulta : 280245
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 389408

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Se tendrá que abrir un juicio sucesorio intestamentario y designarse el albacea en este, y con las copias certificadas del nombramiento de albacea se tendrá representación legal de su extinto padre y podrá cobrar, equeriri, administrar y hasta vender bienes (previa la autorización del juez y coherederos). Contrata los servicios de un abogado especialista en materia familiar, si no cuentas con recursos, acude a la defensoria de oficio que se encuentra en los juzgados familiares frente a Bellas Artes, edificio marrón.