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  • Consulta : 280232
  • Autor : Raul Huerta
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  • Autor
    Respuesta No: 389399

  • Raul Huerta
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante. Si firmaste como obligado solidario, como su nombre lo indica, tienes obligación de pago para con el Banco. Ahora bien, antes de que se lleve a cabo el embargo y se ejecute el mismo, se debe seguir un procedimiento judicial en contra tuya, para lo cual deben emplazarte a juicio, en el que podras exponer las defensas que tengas a tu favor. Respecto del inmueble que mencionas esta a nombre de tu esposa, y si como lo señalas el mismo fue adquirido por herencia, el mismo no forma parte de la sociedad conyugal, en el caso de que estuvieran casado bajo ese régimen. Quedo a ts órdenes en mi oficina virtual de este mismo sitio, para cualquier duda, aclaración o comentario al respecto. Saludos. Lic. Raúl Huerta