- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 280232
- Autor : Raul Huerta
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 105
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 389399
-
Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Junio de 2016 12:22 2016-06-22 12:22 desde IP: 187.143.228.53
Estimado consultante. Si firmaste como obligado solidario, como su nombre lo indica, tienes obligación de pago para con el Banco. Ahora bien, antes de que se lleve a cabo el embargo y se ejecute el mismo, se debe seguir un procedimiento judicial en contra tuya, para lo cual deben emplazarte a juicio, en el que podras exponer las defensas que tengas a tu favor. Respecto del inmueble que mencionas esta a nombre de tu esposa, y si como lo señalas el mismo fue adquirido por herencia, el mismo no forma parte de la sociedad conyugal, en el caso de que estuvieran casado bajo ese régimen. Quedo a ts órdenes en mi oficina virtual de este mismo sitio, para cualquier duda, aclaración o comentario al respecto. Saludos. Lic. Raúl Huerta
-
Autor





