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AutorRespuesta No: 389087
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Junio de 2016 10:19 2016-06-08 10:19 desde IP: 189.242.64.69
Nada, la cita es netamente para conciliar, porque la parte contraria no cuenta con elemento legales para demandar el pago de la cantidad que dice aún le debe. Al no acudir a la invitación, queda sin efecto el procedimiento e invitará a su parte contraria que realice unos medios preparatorios por la vía judicial para poder acreditar el adeudo.
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