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  • Consulta : 280070
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 389109

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    según el contrato celebrado con infonavit... tu no puedes ceder.. vender... permutar... o hacer actos traslativos de dominio... casi en todos los contratos es la cláusula trece... lo que hicieron ... sin conocimiento del infonavit... no tiene valor alguno... y la deuda es tuya.,.. sacarlos... no... porque tu vendiste o cediste a favor de ellos... si pagan o no... eso no importa... el deudor eres tu... y si ya esta en juicio... seguro lo vas a perder... pero ...sacarlos... xq?... creaste una obligación de un acto ilícito... tendrás que contratar un abogado y ver si hay un juicio... ver la nulidad de actuaciones... porque no te notificaron personalmente... y en base a ello... pagar de contado la deuda... y ya dueña real...material y jurídica de tu casa... podrás iniciar el juicio de cumplimiento del contrato o con efectos de rescisión y desocupación y entrega de la cosa por incumplimiento,,,,