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AutorRespuesta No: 389022
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Fecha de respuesta: Jueves 02 de Junio de 2016 02:20 2016-06-02 02:20 desde IP: 201.141.195.193
Buenas noches.
Usted celebró un contrato de crédito y ahí se establece el monto de las amortizaciones que debe realizar, por lo que debía cumplir con sus obligaciones de esa forma.
Ahora bien, es posible que en el contrato de crédito, se establezca que usted comienza a pagar desde que recibe las llaves de la casa, pero si usted no fue a recogerlas, el Infonavit cumple con consignarlas al Juzgado y notificarle dicha entrega.
Lo que le recomendamos, es que vaya por sus llaves, cheque su casa (Al fin de cuentas es su patrimonio) y verifique si efectivamente ya lo demandaron y trate de negociar o por lo menos, mientras se ordena el lanzamiento de la casa y dura el proceso, que la disfrute o la rente a una persona a un precio bajo, que sepa que está en un proceso judicial y que será lanzado en determinado tiempo.
Ahora bien, el Infonavit no puede quedarse con su casa si previamente no fue notificado de la demanda, por lo que es probable que lo estén buscando y para ayudar más a su causa, muchos abogados que trabajan cartera de Infonavit (No todos), pierden los asuntos solos, por lo que puede sacar provecho mientras se la quitan.
Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita desde nuestra página de Internet para una asesoría.
“Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”
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