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AutorRespuesta No: 388941
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Mayo de 2016 21:20 2016-05-27 21:20 desde IP: 201.141.131.63
Usted no explica la fecha de vencimiento del pagaré y los intereses pactados, pero debe contestar la demanda oponiendo la excepción de pago, pero sobre todo debe objetar los intereses que son del 400 % incluso el Juez puede reducirlos con los criterios sustentados desde el 2010. Pero si no se defiende le pueden embargar y rematar por nada y solicitar ampliación de embargo.
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