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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Mayo de 2016 22:17 2016-05-26 22:17 desde IP: 201.141.199.129
Buenas noches. En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que si usted tuvo un crédito y no lo pagó, es posible que sea demandado y puedan llegara embargarle bienes. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Empero, el embargo procede sólo si un actuario (Persona del Tribunal) acude a su domicilio y junto con el acreedor, le requieren de pago y de no hacerlo, se le embargan bienes. Ahora bien, si el citatorio viene con sellos del Tribunal y lo dejó el actuario diciéndole a su familiar (No lo pueden dejar en pegado) que lo espere al día siguiente, sí el legal dejar un citatorio pero para efecto de que al día siguiente se le requiera de pago y embargue. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… No obstante lo anterior, lo más seguro es que sea una técnica de los despachos de cobranza para presionarlo y que pague, amenazándolo de ir a embargar, incluso algunos se presentan a querer recoger cosas, pero usted no lo debe permitir, pues sólo que sea un actuario del Tribunal puede ser requerido de pago, embargado y en ese momento se le entrega la demanda para que acuda al Juzgado a defender sus derechos, pero nunca se le dejan cita ni se le mandan papeles por parte del Tribunal para avisarle del embargo, el actuario llega sin que usted lo espere pues no quieren que se le esconda a su acreedor y salvo el citatorio para que lo espere, no llega otro tipo de citación antes de la notificación de la demanda. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita desde nuestra página de Internet para una asesoría. “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado” w . w . w . a b o g a d o s p e r e g r i n a – s a l a z a r . c o m
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