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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Mayo de 2016 12:58 2016-05-23 12:58 desde IP: 201.141.220.65
Buenas tardes. En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que para darle una respuesta precisa, necesitaríamos revisar el contrato para ver la naturaleza jurídica de dicho acto. A grosso modo lo que procedería de acuerdo a lo narrado, sería exigir el cumplimiento del contrato o la rescisión del mismo, más el pago de daños y perjuicios. El problema, surgirá en si la empresa tiene el patrimonio suficiente para devolverla la suma de dinero pactada. Lo recomendable es que si la empresa está en una posible situación de quiebra, presente su demanda y se busque la forma de garantizar el pago de la inversión o corre el riesgo de que la misma quede insolvente. Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría. “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
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