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  • Consulta : 279896
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 388762

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mira, la albacea no puede escriturar a su sólo nombre porque existen más coherederos. La subdivisión, el régimen en condominio son para situaciones admistrativas y la sucesión es un aspecto judicial. Por otra parte si cada uno tiene un contrato de donación, tendría que formalizarlo demandando al albacea de la sucesión para que sea reconocido su derecho o..... Se tendrá que completar el juicio sucesorio, para despues con la sentencia de adjudicación presentarse ante el notario de su elección y previo los pagos de subdivisión, el notario les tiraría una escritura a cada uno de los herederos.