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Fecha de respuesta: Martes 17 de Mayo de 2016 16:13 2016-05-17 16:13 desde IP: 201.151.188.253
En tu contrato debe venir alguna clausula para el caso de tus vacaciones y si no, podrias negociarlo con tu jefe inmediato que lo único que si tienes asegurado es que por derecho puedes tomas una cierta cantidad de días al año solo estaría pendiente que días con tu patrón.
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