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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Mayo de 2016 17:46 2016-05-16 17:46 desde IP: 189.180.211.163
tiene una orden de escriturar a su nombre... hasta que no se ejercite ese acto... es decir... se haga la escritura ... no puede hacer actos traslativos de dominio... es decir... no se pueden saltar un paso... pretendiendo ahorrarse el costo de escriturar...
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