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  • Consulta : 279842
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 388701

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Los parientes más cercanos excluyen a los más lejanos. Cualquiera que considere tener derechos sobre la sucesión puede denunciarla, incluso acreedores. Según su consulta, son la cónyuge supérstite y los hijos (sus tíos y su padre), quienes se presumen como herederos legítimos de su abuelo, pero debe considerar la posibilidad de la existencia de un testamento. De entrada se requiere el acta de defunción, acta de matrimonio, actas de nacimiento de todos y cada uno de los hijos del de cujus así como el domicilio de cada uno de ellos para ser notificados. Pero lo más importante es la asesoría de un abogado especialista en la materia para que redacte de la demanda. También puede tramitar la sucesión mediante notario. Por último y tal vez lo más importante de todo, cuídese de los coyotes de este foro de asesoría gratuita que se la viven publicando datos de contacto sin que nadie se los pida ya que corre mucho peligro.