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  • Consulta : 279819
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 388591

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    sacando la copia de la sentencia y de la ejecutoriedad de la misma... junto con el oficio dirigido al registro civil...y sigues casado... hasta que no se levante la nota marginal en la acta de matrimonio Y/O ... se levante el acta de divorcio... eso depende del estado de la república en el que te encuentres casado... si ya esta ejecutoriada... desde ese momento comenzó a correr el término... y hasta que no tengas el acta de divorcio y/o la acta de matrimonio con nota marginal... no te puedes casar...