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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Mayo de 2016 23:19 2016-05-09 23:19 desde IP: 201.141.204.129
Buenas noches. En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que (Además de lo dicho por el otro abogado) si bien la persona que le pretende vender es la heredera, la misma debe aperturar la sucesión testamentaria para adjudicarse (Ser propietaria) del bien inmueble que pretende vender. Si no hace lo anterior, aunque existe un derecho hereditario, ello no la hace dueña de pleno derecho ya que debe acreditarse esa transmisión de propiedad. Eso sin olvidar que pueden existir otros testamentos y otros herederos que puedan reclamar el bien inmueble y que por ello es la necesidad de vender sin tramitar previamente la sucesión testamentaria. Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría. “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
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