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  • Consulta : 279559
  • Autor : AdvocatusRectus
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    Respuesta No: 388065

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Por tratarse de un empleado Burócrata sus derechos están contemplados en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado de acuerdo al Articulo 123 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Ley Federal de Trabajo regula, para que me entienda, el trabajo entre particulares. En cuanto a la palabra "supletoria", significa que puede ser suplida por otra Ley, en cuanto a lo que no se encuentra establecido en una Ley especial, en algunas de las Leyes establecen que el Código Federal de Procedimientos Civiles es supletoria a la ley que así lo establece; ejemplo el Articulo 2, párrafo segundo de Ley de Amparo señala que: A falta de disposición expresa se aplicará en forma supletoria el Código Federal de Procedimientos Civiles y, en su defecto, los principios generales del derecho. Espero le haya quedado claro, Saludos.